El autor de una obra protegida por la propiedad intelectual puede ceder su creación a una empresa, para ser utilizada para diversas actividades de la misma (promociones, actos, exposiciones, etc.) La cesión de la obra se regulará por el oportuno contrato de colaboración, donde se especifican las modalidades de explotación pactadas entre las partes.
En Volart Pons, ofrecemos asesoramiento experto sobre la redacción de este tipo de contratos y su mejor ajuste a las formas de explotación deseadas.